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SAT: ¿Qué pasa si transfieres dinero entre tus cuentas? Consecuencias y qué debes hacer

El Servicio de Administración Tributaria sugiere evitar las transferencias entre cuentas propias.

Si tú eres de las personas que se transfiere dinero de una cuenta bancaria propia a otra, ten en cuenta lo siguiente. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recomienda no hacerlo debido a que podrías tener delicadas consecuencias.

Dentro de las prácticas financieras las transferencias electrónicas entre cuentas propias de las personas físicas y morales se podría considerar como ingresos y esto ocasionar problemas fiscales con la Secretaría de Hacienda.

Es decir, no se considera un delito pero sí podría interpretarse como un aumento acumulable en tus ingresos lo que podría ocasionar una posible investigación. Desde 2021 el SAT recomienda a los contribuyentes que no se hagan transferencias internas, pues podrían distorsionar el registro de ingresos y depósitos.

¿Qué se debe de hacer para evitar tener problemas con el SAT?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que para demostrar que una transferencia entre cuentas propias no es un ingreso extra, se necesita presentar alguna documentación específica con el fin de respaldar las operaciones bancarias que realices:

  • Estados de cuentas bancarios
  • Papel de trabajo
  • Copia del recibo donde se especifique el monto
  • Cuenta de donde proviene el depósito
  • Forma de pago
  • Número de cheque o reporte de transferencia
  • Número y nombre de la cuenta bancaria donde se vea la salida del depósito
  • Origen del importe depositado

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¿Qué dice el SAT sobre la transferencia bancaria de una cuenta propia a otra?

De acuerdo con el criterio de tesis jurisprudencial, que fue aprobada el 23 de abril de 2021 por acuerdo G/S2/4/2021, en los traspasos entre cuentas bancarias propias se debe presentar la documentación mencionada anteriormente “para acreditar que las transferencias deben considerarse como depósitos a efecto de evitar el cobro de contribuciones al respecto, se deberán presentar las documentales antes precisadas para que la misma sirva como prueba para desvirtuar la presunción de la autoridad al señalar las transferencias como ingresos nuevos”.

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