Reparto de Utilidades 2024 en México: Cuándo pagan, cuánto te toca y quiénes tienen derecho

Un derecho constitucional de cualquier trabajador en México es recibir el Reparto de Utilidades. Aquí los detalles para que sepas cuánto debes cobrar y qué hacer si no te pagan.

Ya pasó del aguinaldo, la caja de ahorro y otros beneficios que suelen cobrarse al final del año, pero pronto será tiempo del pago del Reparto de Utilidades a millones de empleados en México, algo que la ley establece como una obligación para empresas y patrones.

¿Qué es el Reparto de Utilidades?

El portal oficial del Gobierno de México define al Reparto de Utilidades como: “El derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal”.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social estableció que el Reparto de Utilidades es un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, por lo que tiene el carácter de obligatorio.

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¿A mí me toca Reparto de Utilidades? Cómo saberlo

A continuación, la lista de aquellos que NO tienen derecho a recibir esta prestación constitucional. Si no perteneces a alguna de estas categorías, tu empresa o patrón sí debe darte el pago de Utilidades en las fechas que establece la ley.

  • Los trabajadores domésticos
  • Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio
  • Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa
  • Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado

¿Cómo calcular cuánto me toca de Reparto de Utilidades?

Para poder llegar a la cantidad que corresponde a cada trabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante ese período. El monto para repartir se divide en dos: la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo con los días trabajados en el año y la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.

¿Cuándo deben pagarme el Reparto de Utilidades?

Cuando las empresas presentan su declaración anual, los patrones están obligados a pagar las Utilidades en 2 fechas, dependiendo su registro ante Hacienda:

  • Si es persona moral (empresa), se pagarán del 1 de abril al 30 de mayo.
  • Si es persona física (patrón), se pagarán del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Qué hacer si no me pagan las Utilidades?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señala que, de no cumplir en tiempo y forma con las utilidades, las empresas y patrones pueden hacerse acreedores a multas.

En caso de que los trabajadores no reciban las utilidades en la fecha correspondiente, tienen un año a partir del día siguiente de la fecha límite establecida para interponer una queja con el reclamo para el pago de estas a través de los siguientes canales:

  • Correo electrónico: inspeccionfederal@stps.gob.mx.
  • Teléfonos: 800 71 72 942 y 800 91 17 877.
  • Presencial: Módulo de Inspección ubicado en Calzada San Antonio Abad 32, colonia Tránsito, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06820, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.

Debes proporcionar los siguientes datos: razón social o nombre del centro de trabajo, domicilio completo, el motivo de tu queja laboral, acreditar la relación laboral.