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Reparto de Utilidades: ¿Cuándo las pagan en 2024? LFT indica fecha límite

Se aproxima la fecha para el pago de utilidades y aquí puedes saber cuándo recibirás tu dinero.

Como empleado, seguramente esperas esta fecha con ansias: el Reparto de Utilidades 2024, una retribución por tu labor diaria que dan las empresas por las ganancias que obtienen y que es un derecho constitucional para todos los trabajadores.

“Si trabajaste de planta o eventual, tienes derecho al reparto de utilidades que generó tu empresa. Exígelo”, señala el comunicado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Sistema de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuándo se paga el Reparto de Utilidades en 2024?

Se deberá efectuar dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que se presente la Declaración Anual de la empresa u órgano empleador, en los siguientes periodos:

- Si el empleador es una persona moral (empresa), se deberá realizar del 1 de abril al 30 de mayo.

- Si el empleador es una persona física, se deberá de llevar a cabo del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Es obligatorio el pago del Reparto de Utilidades 2024?

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una obligación de los patrones que consiste en repartir entre sus empleados un porcentaje de las ganancias generadas por la empresa durante un año.

El Reparto de Utilidades es una forma de agradecimiento de parte del empleado, además de hablar de la salud financiera del mismo.

Es un derecho constitucional para la población trabajadora que está proporcionando un trabajo bajo la subordinación de una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que puede participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, aunque depende, si se generan tales ganancias.

Tanto el otorgamiento de la PTU como la afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por parte de la empresa, son derechos laborales vigentes en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Qué hacer si no te pagan el Reparto de Utilidades?

Si eres un acreedor a PTU y no las recibes en los respectivos plazos marcados, puedes denunciar mediante las siguientes opciones:

- Al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx

- Al número 800 717 2942 (Profedet)

- Al número 800 911 7877 (Profedet)

- En las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06720,

¿Existen empresas que no estén obligadas a pagar el Reparto de Utilidades?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas o personas físicas exceptuadas de repartir utilidades son:

- Empresas recién creadas, durante el primer año de funcionamiento

- Empresas recién creadas, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajusta a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas.

- Empresas de industria extractiva, recién creadas, durante el período de exploración.

- Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

- Empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.

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