Algunos pensionados con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se beneficiarán con un aumento en sus pagos a partir del 2025, determinación emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que perfiló cambios para las cifras de los derechohabientes que cumplan con los requisitos y el trámite.
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¿POR QUÉ HABRÁ UN AUMENTO EN EL PAGO MENSUAL DE PENSIONES IMSS?
La determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene el fin de ofrecer a los pensionados una cifra mayor para contar con un mejor poder adquisitivo y recurrir a mejores beneficios en su vida diaria.
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¿DE QUÉ TRATA EL AUMENTO EN LAS PENSIONES DEL IMSS DE LA LEY 73?
De acuerdo con el expediente número 157/2024 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la determinación se refirió a la “pensión por cesantía en edad avanzada; determinar si su incremento debe calcularse con base en el salario mínimo vigente o con el índice nacional de precios al consumidor para garantizar la subsistencia del trabajador”, basado en un amparo interpuesto en el año 2023.
Ahora bien, el aumento en el monto de las pensiones por cesantía en edad avanzada, bajo el amparo de la Ley del IMSS del 73, se ajustará de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y no con el salario, de esta forma, los derechohabientes podrán tener mayor poder adquisitivo con el dinero recibido, bajo el concepto de pensión ante los incrementos de costos año con año.
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¿CÓMO TRAMITAR EL AUMENTO A LA PENSIÓN DEL IMSS?
Se puede otorgar el beneficio denominado “ayuda asistencial”, que será del 15%, si el pensionado carece de familiares dependientes; esta medida brindrá un apoyo económico adicional para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.
“En caso de que la persona que percibe la pensión no tuviera esos familiares a cargo; entonces, la institución podrá otorgar dicho pago adicional como ayuda asistencial”, explicó el IMSS.
Además, un pensionado podrá tener un monto extra a través de “asignaciones familiares”; es decir, se otorgan a los familiares dependientes del pensionado y varían en función del salario del beneficiario, conforme a la Ley del Seguro Social.
Los porcentajes van de 15% adicional sobre la pensión del jubilado; por cada hijo menor de 16 años también se suma un 10%; para mayores de 16 y menores de 25 años, que estudian en instituciones del Sistema Educativo Nacional, el apoyo es del también del 10%, sin olvidar un 10% extra si un hijo del pensionado no puede mantenerse por sí mismo debido a una incapacidad prolongada.
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