De acuerdo a la Real Academia Española de la Lengua (RAE), una persona jubilada es aquella que ha “cumplido el ciclo laboral establecido para ello, deja de trabajar por su edad y percibe una pensión”; mientras, un pensionado es aquel “que tiene o cobra una pensión”, aunque no necesariamente debe estar jubilado.
Esta duda surgió a raíz de los múltiples beneficios de organismos como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), términos que suelen utilizarse como sinónimos, aunque no es así.
Existen otras diferencias entre ser un pensionado y un jubilado, más allá de la propia definición de la RAE; es decir, para ser catalogado como pensionado, el trabajador debió cotizar en un régimen solidario con prestación definida (RPM); además, alcanzar la edad y semanas cotizadas necesarias.
Ahora bien, una persona jubilada es aquella que llega al final de su ciclo laboral, bien sea por haber laborado la cantidad mínima de años o por tener alguna invalidez; incluso, se alcanza la distinción de jubilado cuando se da un retiro forzoso.
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REQUISITOS PARA PENSIÓN DEL ISSSTE
Corresponde a los trabajadores que eligieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE, y estaban activos a la entrada de la nueva Ley del ISSSTE 2007; se calcula de acuerdo con el tiempo de servicio y la edad del trabajador.
*Para más información, puedes consultar dando CLIC en este enlance.
REQUISITOS PARA PENSIÓN DEL IMSS
Si se cumplen de 60 a 65 años de edad, existen dos opciones, de acuerdo con el año de inicio de cotización; si inició antes del 1° de julio de 1997, se regulará por la Ley del 73; si arrancó después de esa fecha, habrá que observar la Ley del 97.
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