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Pensión IMSS 2024: Viene pago extra de 20 mil pesos en octubre, ¿a quiénes y por qué?

En caso de que necesites un dinero extra, el instituto puede echarte la mano. Aquí te decimos cómo.

Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuentan con una serie de beneficios y posibilidades que les permiten ingresar un dinero extra en caso de que lo requieran.

En caso de que seas una persona pensionada bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 (LSS 1973), aquí te diremos cómo puedes recibir un monto extra si lo necesitas dentro de las próximas semanas.

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Viene pago extra de 20 mil pesos en octubre, ¿a quiénes y por qué?

Los pensionados del IMSS que están regidos por la Ley 1973 pueden aplicar para un préstamo por medio del servicio “Tu Préstamo Fácil y Seguro” que ofrece la institución y así recibir un crédito en octubre.

“Los pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 (LSS 1973), podrán obtener un préstamo a cuenta de pensión de la siguiente manera: deben ingresar a www.imss.gob.mx/pensiones, conocer el importe del préstamo que le ofrecen las entidades financieras y elegir aquella que le ofrezca las mejores condiciones. Posteriormente, la entidad financiera elegida por el pensionado lo contactará para que éste entregue y firme la documentación. Una vez aprobado el préstamo, éste se depositará en la misma cuenta bancaria donde se recibe la pensión”, explica el IMSS.

De acuerdo con El Financiero, los montos que pueden ofrecer las distintas entidades financieras van desde los 5,000 hasta los 20,000 mil pesos mexicanos. En caso de requerir el crédito que ofrece el IMSS, debes ingresar a https://mclprestamos.imss.gob.mx/mclpe/auth/login, crear un nuevo usuario y completar los requerimientos solicitados por la institución para realizar el trámite.

¿Qué se necesita para recibir “Tu Préstamo Fácil y Seguro”?

El IMSS señala que “para acceder a esta prestación debe acreditar ser población pensionada al amparo de la LSS 1973, que el descuento mensual del préstamo no exceda el treinta por ciento del monto de la pensión mensual y que el importe de la pensión no se reduzca a una cantidad inferior a la pensión garantizada”.

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