La tanda es uno de los métodos más usados de ahorro en México y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró si estos ingresos generan algún problema a nuestras declaraciones, sobre todo para este mes de octubre.
¿El SAT cobra impuestos por depósitos de una tanda?
Hace poco se publicó que el SAT monitoriza transacciones como las tandas, aunque hizo una aclaración a lo que se referían en ese punto, debido a que sí contemplan movimientos con la referencia “Tanda” éstos deben de cumplir con un monto máximo para contarlo en la declaración anual.
El SAT señaló que aquellas cifras por debajo de los 15 mil pesos mexicanos no sufrirán ningún tipo de impuesto, eso sí, en caso de ser mayor al monto antes mencionado tiene que ser mencionado en la declaración anual ante el SAT y así no tener ningún problema.
Del mismo modo se aclaró que gastos de padres a hijos, viceversa o pagos por catálogo (cosméticos, utensilios de cocina o el hogar, aceites, escencias, entre otros), tandas o préstamos personales no son vigilados por el SAT, ni se cobra algún tipo de impuesto.
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¿Cómo evitar problemas con el SAT si organizo o participo en una tanda?
En primera instancia, asegurarse que las aportaciones o ingresos por una tanda no superen los 15 mil pesos mexicanos y en caso de ser así, añadirlo como “ingreso” en la declaración fiscal anual.
Otra de las medidas es conservar los recibos y registros de todas las transacciones relacionadas a la tanda y de preferencia que se hagan desde una entidad bancaria.
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