Si trabajas 1 y 2 de noviembre 2024, ¿te pagan doble por Día de Muertos? Esto dice la LFT

Es importante recalcar que los días feriados o festivos son aquellos que no son laborables y son consideros como descanso obligatorio, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo...

Según el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), tanto empleadores como trabajadores deberán determinar el número de plantilla que deba prestar sus servicios el día feriado.

Los obreros que deban presentarse de manera habitual tendrán derecho a recibir, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado; es decir, triple, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, el patrón cubrirá el pago de la prima dominical, señalado en el artículo 71 de la LFT; así, los trabajadores recibirán el triple del sueldo por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.

LFT (LFT)

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¿SE PAGA DOBLE POR TRABAJAR 1 Y 2 DE NOVIEMBRE DE 2024?

1 y 2 de noviembre no son días de descanso obligatorio, de acuerdo al calendario oficial de la Ley Federal del Trabajo en 2024, por lo que no se percibirá un salario con el respectivo aumento estipulado en las normas laborales.

La LFT señala los siguientes días de descanso obligatorio, según el artículo 74:

  • I. El 1o. de enero
  • II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • IV. El 1o. de mayo
  • V. El 16 de septiembre
  • VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • VIII. El 25 de diciembre
  • IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

Para más detalles, consulta: PROFEDET, que cuenta con atención vía telefónica (800 911 7877 y 800 717 2942) o por correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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