Estamos en plena recta final del año 2024 y los beneficiarios de la Pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) están atentos para recibir los pagos que les corresponden, aunque a algunos todavía no les realizan el depósito mensual y es probable que no hayan completado este trámite obligatorio.
Aquellos que gocen de esta prestación ya disfrutan del depósito de dinero, sin embargo no todos cuentan con esa fortuna pues vieron suspendido su pago por no cumplir con los requisitos que les solicita el Instituto para retribuir los años trabajados.
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¿Qué trámite debo cumplir si no quiero que me suspendan el pago de la Pensión IMSS?
Para todos aquellos que tengan una Pensión otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social es obligatorio estar pendientes del trámite de supervivencia, pues es uno de los requisitos que pide la dependencia para asegurar tu pago del mes de noviembre.
Recuerda que según dicta el reglamento del IMSS, tienen que hacer la comprobación de supervivencia las personas que sean citadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, debiendo presentarse para no incumplir con las normas; si no tienes una notificación no tienes de qué preocuparte por el momento.
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Toma en cuenta de que desde el 22 de julio de 2015 el Consejo Técnico aprobó el Acuerdo AC00.5A1.HCT.220715/148.P.DPES que te permite comprobar la supervivencia sin necesidad de acudir de forma presencial a tu subdelegación del IMSS más cercana.
Internos:
- Trámite de Ayuda de Gastos de Funeral
- Sistema de Mortalidad Hospitalaria Central / Delegacional (SEED-IMSS)
- Trámite de pensiones derivadas de viudez, orfandad y ascendientes
- Avisos (seguimiento a pensionados)
Externos:
- Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED) de la Secretaría de Salud
- Convenios con Registros Civiles
- Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO)
Lo anterior debe realizarse de forma mensual, contando con una base de datos de pensionados que de inmediato informa del fallecimiento de forma automática, procediendo a la suspensión de pago mensual. Si resides en el extranjero debes comprobar la supervivencia de forma presencial en Embajadas y Oficinas Consulares.