¿Te deben pagar Aguinaldo del 2024 si te despiden de tu trabajo? Esto dice la LFT

La LFT y la Profedet aclaran las dudas sobre despidos, renuncias y aquellos que no cumplieron el año en su trabajo antes de la fecha límite del reparto de aguinaldo.

En México se acerca el momento de recibir el aguinaldo por parte de los trabajadores, aunque existen los casos de empleados que perdieron su puesto antes del reparto de esta prestación y surge la duda si te deben pagar el aguinaldo en esta situación.

¿Me toca aguinaldo si me despiden?

En caso de haber sido despedido antes de las fechas en las que suelen repartir el aguinaldo (antes del 20 de diciembre), algunos no saben si pueden o no recibir la prestación de su anterior empresa y la Ley Federal del Trabajo (LFT) aclaró esa situación.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”, eso establece el artículo 87 de la LFT.

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Aguinaldo en México 2024 (Copilot IA)

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¿Recibo aguinaldo si renuncié a mi trabajo?

El otro escenario en el que surgen dudas sobre el aguinaldo es en el caso de haber renunciado antes de la fecha de la repartición de la prestación y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) aclaró qué pasa en estos casos.

“Si un trabajador es despedido sí tiene derecho a recibir aguinaldo; sin embargo, aquellos que renuncien voluntariamente a su trabajo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron”.

¿Puedo recibir aguinaldo sin haber cumplido un año de trabajo?

El último de los puntos que genera duda es las personas que comenzaron a laborar en una empresa distinta y llegado el 20 de diciembre aún no cumplen un año laborado, así que la Profedet también aclaró si estos trabajadores reciben o no aguinaldo.

Las personas trabajadoras que en la fecha de pago del aguinaldo no hayan cumplido un año de prestación de servicios, o cuya relación de trabajo termine antes de la fecha límite de pago del aguinaldo , les corresponde percibir la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hayan laborado en el año calendario.

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