SAT: ¿Aún no activas tu Buzón Tributario? Te decimos de cuánto es LA MULTA y cómo resolverlo

El Servicio de Administración Tributaria informa de las consecuencias como contribuyente si no se realiza el proceso para la activación del buzón...

El Servicio de Administración Tributaria informó de la habilitación del buzón tributario, requisito obligatorio que ayudará a la comunicación entre el SAT y los contribuyentes.

Si no se activa el buzón tributario, las personas físicas y morales podrían verse afectadas con una multa o sanciones, esto a partir del 1 de enero de 2025.

¿CÓMO SE ACTIVA EL BUZÓN TRIBUTARIO PARA EVITAR MULTAS?

Para activar el requisito se deberá ingresar a sat.gob.mx y dar clic en el buzón tributario, donde podrás colocar el RFC y contraseña o, en su defecto, con e.firma vigente; se elegirá la opción de configuración y se llenará el formulario de medios de contacto; la confirmación de los medios se aplicará dentro de las 72 horas de registro.

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¿DE CUÁNTO ES LA MULTA POR NO HABILITAR EL BUZÓN TRIBUTARIO?

De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del buzón tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de $3,080.00 a $9,250.00 pesos mexicanos.

La aplicación de la sanción económica fue prorrogada hasta el 1 de enero de 2025, de acuerdo al artículo transitorio cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de diciembre de 2023.

¿CUÁLES SON LAS MULTAS POR NO HACER LA DECLARACIÓN ANUAL?

La omisión del trámite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se dará en dos modos de sanción: Por no presentarla y tener la obligación de hacerla, y por cada una de las obligaciones incumplidas.

Estas multas están basadas en el artículo 82, fracción I, inciso b, del Código Fiscal de la Federación (CFF), donde se estableció que habrá una multa de mil 810 pesos a 44 mil 790 por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento.

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Incluso, si dentro de los seis meses siguientes (a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa) el contribuyente presenta declaración complementaria de aquella, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración, también se aplicará castigo de mil 810 a 22 mil 400 pesos.

No solo con multas de dinero se puede ver afectado en caso de impagos, retrasos o errores en la declaración anual, también es posible que perjudique el historial crediticio; es decir, puede tener repercusión en el Buró de Crédito y el Círculo de Crédito, empresas están encargadas de recopilar y gestionar la información del historial crediticio.

*Para más información consulta la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT)

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