En un par de semanas a los jubilados de la Pensión ISSSTE les tendría que llegar su último depósito de 2024, salvo que estén en este caso, pues se ha informado que a algunos adultos mayores les reducirán su monto mensual e incluso podrían cancelarles el apoyo a partir de diciembre.
Ojo, esta medida sólo aplicará para algunos beneficiarios, mismos que tengan irregularidades en el monto que reciben o en los documentos con los que se registraron; ahora lo detallamos.
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Pensión ISSSTE: ¿A quién le reducirán o cancelarán el apoyo?
El pasado 8 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una serie de cambios que habrá en la Pensión ISSSTE, mismos que se basan en un procedimiento para la verificación y corrección de ciertas anomalías que haya entre los beneficiarios.
Para hacerlo simple, a partir del día en que se publicó, autoridades del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) revisarán los documentos y montos con el que estén registrados los adultos mayores, buscando alguna irregularidad.
Hoy se publica en el @DOF_SEGOB un aviso para dar a conocer el acuerdo que como Director General del @ISSSTE_mx emití para la revisión de las pensiones que rebasen el monto superior establecido por la ley. El objetivo es continuar corrigiendo excesos e injusticias.…
— Martí Batres (@martibatres) November 8, 2024
A quienes le cancelan o reducen el pago de diciembre, son principalmente a los que tienen una mensualidad por encima del máximo permitido, que es de 33 mil pesos. Revisarán sus documentos, por qué reciben una cifra mayor, y dependiendo la irregularidad se tomará la medida.
Si el caso no es grave y no hay algo más allá que perseguir, se le hará el ajuste a la Pensión ISSSTE otorgando sólo el máximo, si es que lo rebasaba, pero si hay documentos falsos, alterados o que no corresponden, pueden cancelarle el apoyo a los beneficiarios.
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La Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, será la encargada de revisar la información, así como de dictaminar, suspender, negar, modificar o revocar las pensiones previstas en la Ley, sus Reglamentos y demás normatividad aplicable.