Pensión IMSS e ISSTE 2024: ¿A quiénes le puedes heredar? Conoce los requisitos

Recuerda mantenerte actualizado sobre el cobro del beneficio mediante los canales oficiales del Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado...

La pensión es un beneficio que se puede heredar a la viuda esposa y, a falta de ésta, a la concubina del asegurado o pensionado fallecido; o a los beneficiarios legales que estén verificados en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez, retiro; cesantía en edad avanzada o vejez.

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Esta prestación es derecho de los familiares para reclamar los ingresos que generó el trabajador fallecido, que corresponden a la devolución de fondos de ahorro, pensión por viudez, retiro de recursos u otros.

Pensión IMSS e ISSSTE ¡OJO con los detalles!

BENEFICIARIOS DEL IMSS PARA HEREDAR PENSIÓN POR VIUDEZ, ORFANDAD Y ASCENDENCIA

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) contempla tres tipos de pensiones de sobrevivencia: por viudez, por orfandad o por ascendencia:

  • VIUDEZ: Acta de matrimonio o algún documento que acredite el concubinato (mínimo 5 años de convivencia o tener hijos en común); estado de cuenta de la AFORE; acta de nacimiento y de defunción del titular, comprobante de domicilio, número de cuenta o CLABE interbancaria
  • ORFANDAD (menores de 16 años hasta los 25, en caso de ser estudiante): Estado de cuenta de la AFORE con los siguientes documentos: acta de nacimiento y de defunción del titular; acta de nacimiento del menor; identificación oficial (para mayores de edad); poder notarial (si es apoderado) y acta de nacimiento de quienes ejerzan la patria potestad
  • ASCENDENCIA (padres que dependan del titular): Estado de cuenta de la AFORE; acta de nacimiento y de defunción del titular, acta de nacimiento del padre y/o madre, identificación oficial del padre y/o madre; comprobante de domicilio y comprobante de dependencia económica

Para más información, consulta: https://www.imss.gob.mx/

BENEFICIARIOS DEL ISSSTE PARA HEREDAR PENSIÓN POR VIUDEZ, ORFANDAD Y ASCENDENCIA

  • VIUDEZ: Acta de matrimonio o constancia de concubinato, identificación oficial; CURP, acta de defunción del titular, identificación oficial del titular y último comprobante de pago
  • ORFANDAD (hijos menores de 18 años o hasta 25 si son estudiantes): Acta de defunción, identificación oficial del trabajador; acta de nacimiento y constancia de estudios, CURP, identificación oficial del padre o tutor y último comprobante de pago
  • ASCENDENCIA (padres que dependan del titular): Identificación oficial del padre y/o madre, acta de nacimiento del padre y/o madre; CURP del padre y/o madre, último comprobante de pago, comprobante de la dependencia económica y acta de defunción del titular
Solicitud de Pensión por Viudez IMSS

Para más información, consulta: https://www.gob.mx/issste

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