El Servicio de Administración Tributaria (SAT) compartió en redes sociales los pasos a seguir para el seguimiento de la modificación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para asalariados, en cuanto a los ajustes a la Clave Única de Registro de Población (CURP).
El SAT enlistó los puntos para quienes deseen hacer un chequeo del estado en el que se encuentra el proceso; para los asalariados que arrancaron la gestión por cambio en la CURP, ocuparán RFC, contraseña y número de folio.
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- Ingresar a la sección Mi Portal, en el Portal del SAT, y capturar el RFC (contraseña personal)
- Seleccionar “Servicios por Internet” / “Servicios o Solicitudes” / “Consulta”
- Capturar número de folio y verificar la solución otorgada, luego de dar clic en el botón “Buscar”
- Obtener el Acuse de respuesta
¿CÓMO MODIFICAR DATOS DEL CURP PARA EL RFC ANTE EL SAT?
- Da clic en el botón INICIAR de esta página
- Captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión
- Selecciona sucesivamente las opciones servicios por internet: servicio o solicitudes: solicitud
- Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar
- En su caso, ingresa el o los archivos con los documentos del trámite escaneados
- Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico
- Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte
¿CÓMO SE ACTIVA EL BUZÓN TRIBUTARIO PARA EVITAR MULTAS?
Para activar el requisito se deberá ingresar a sat.gob.mx y dar clic en el buzón tributario, donde podrás colocar el RFC y contraseña o, en su defecto, con e.firma vigente; se elegirá la opción de configuración y se llenará el formulario de medios de contacto; la confirmación de los medios se aplicará dentro de las 72 horas de registro.
¿DE CUÁNTO ES LA MULTA POR NO HABILITAR EL BUZÓN TRIBUTARIO?
De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del buzón tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de $3,080.00 a $9,250.00 pesos mexicanos.
La aplicación de la sanción económica fue prorrogada hasta el 1 de enero de 2025, de acuerdo al artículo transitorio cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de diciembre de 2023.
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