LFT: Todo lo que necesitas saber para cobrar triple en Navidad 2024

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo menciona cuánto dinero debes recibir en caso de trabajar en días marcados como feriados en el mes de Diciembre.

La Ley Federal del Trabajo defiende a sus trabajadores respecto a los días de descanso, pues es un derecho de todos los asalariados del país, donde hasta el próximo puente podrá gozar de descanso o de un pago al triple. Es por eso que te contamos cuándo será el próximo goce.

Cabe aclarar que este sueldo o descanso depende de la empresa en la que trabajes, pues depende tu patrón, el cómo se te recompensa, pues sí o si tienes que gozar este derecho que marca la LFT. Cabe resaltar que todo esto está sustentado en el artículo 75, el cual es claro en defender este derecho.

“Independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple”, menciona el artículo.

¿Cuándo es el próximo día de descanso?

El próximo descanso se dará en Navidad, es decir, en menos de un mes, donde el calendario marca al que el 25 de diciembre no se trabaja, y en caso de que tengas que laborar, tienes que cobrar el triple de tu sueldo diario para compensar el día feriado.

El anterior pago se debe cobrar en la siguiente quincena, es decir, en la primera de enero deberías recibir tu pago correspondiente, además de que si laboras el 1 de enero también aplica la misma situación, pero dicho dinero tiene que caer en tu nómina hasta el 15 de enero, si es que te pagan en esos días.

¡Nuevo Fraude! Banco del Bienestar alerta por visitas a domicilio en su nombre, ¿qué te ofrecen?

¿Cuáles son los días feriados oficiales 2024 y 2025?

El calendario oficial de 2024 y 2025 se define por 9 descansos anuales que pueden pagarse al triple de tu salario diario, es decir, que si laboras ese día debes cobrar al triple.

  • 01 enero: Año Nuevo
  • 05 de febrero: el primer lunes del mes se conmemora el Aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917.
  • 18 de marzo: el tercer lunes del mes se conmemora el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
  • 01 de mayo: conmemoración del Día del Trabajo.
  • 16 de septiembre: Día de la Independencia de México.
  • 1 de octubre: por primera vez en este año se integrará este día oficial que aplicará cada seis años por la transición del Poder del Ejecutivo Federal.
  • 18 o 19 de noviembre: el tercer lunes del mes por la conmemoración de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
  • 25 de diciembre: Navidad.
  • 24 y 31 de diciembre: festejos navideños y de fin de año.