Dentro de la Pensión IMSS existe un esquema para aumentar tu pago mensual hasta en 35%, llamado ‘Asignaciones Familiares’, mismo que te da cierto porcentaje extra por cada miembro de la familia que depende del beneficiario, pero ojo, hay un trámite obligatorio para mantenerlo.
Estamos llegando al mes de diciembre, una época de mucha unión familiar y alegría, pero también de gastos, ya que por los regalos de Navidad, cena de Año Nuevo, posadas, etc, se invierte capital; haz esto para no perder ese 35%.
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¿Cuál es el trámite obligatorio para mantener las ‘Asignaciones Familiares’?
Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se estipuló que los adultos mayores que tienen el beneficio de las ‘Asignaciones Familiares’ en la Pensión IMSS deben realizar un sencillo trámite, pero obligado, para no perder el dinero extra.
Este proceso lo tendrán que hacer todos los beneficiarios que estén en la Ley el Seguro Social de 1973, bajo la modalidad de Cesantía en Edad Avanzada, Vejez o Invalidez, respetando el acuerdo ACDO.AS2.HCT.260623 del DOF.
En éste se estipula que, para no perder el 35% adicional en la Pensión IMSS, “Las personas aseguradas y pensionadas deberán mantener actualizado el registro de sus beneficiarios, a efecto de identificar a las personas que tendrán derecho a recibir las prestaciones en especie y en dinero que la Ley del Seguro Social les otorga”.
Como vemos, es algo sencillo, pero que muchos beneficiarios de la Pensión IMSS podrían pasar por alto, ya que en ‘Asignaciones Familiares’ es vital conocer y tener certeza de que las personas que dependen del adulto mayor, cumplan los requisitos y sigan vivos.
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Te aumentarán 15% si tienes esposa o concubina; 10% más si tienes hijos menores a 16 años; 10% si tienes hijos de 16 a 25 años que estudien en el Sistema Educativo Nacional, o bien, 10% por hijo que no pueda mantenerse a sí mismo, por enfermedad crónica, física o psíquica. 35% total para diciembre.