De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), estas son las prestaciones mínimas que establece la norma actual, con la posibilidad de que los contratos ley, contratos colectivos de trabajo; contratos individuales de trabajo, reglamentos, condiciones generales y manuales de prestaciones establezcan mayores beneficios de los aquí señalados.
La presente información es una guía, basada en al LFT, por lo cual es necesario que acudas a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para un estudio y análisis más detallado.
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Las prestaciones básicas de la Ley Federal del Trabajo México 2024
- AGUINALDO: Cantidad que debe ser pagada por el patrón a cada uno de sus trabajadores en el mes de diciembre
- VACACIONES Y PRIMA: Los trabajadores deben disfrutar de vacaciones; mientras, la prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las mismas
- PRIMA DOMINICAL: Monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el día domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana
- DÍAS DE DESCANSO: Existen dos divisiones, semanal y obligatorio; es decir, en la primera, es el derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso, por cada seis laborados; después, el derecho que tiene el trabajador a disfrutar conforme al calendario que establece la ley
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- LICENCIA DE MATERNIDAD: Derecho que tienen las mujeres trabajadoras antes y después del parto para no asistir a sus labores, con el objeto de proteger la maternidad y cuidado del infante
- LICENCIA POR ADOPCIÓN: Derecho que tienen los trabajadores en caso de adopción, para no asistir a sus labores, con el objeto del cuidado del infante
- PERIODO DE LACTANCIA: Tiempo durante el cual las trabajadoras tienen derecho a reposo para alimentar a sus hijos después del nacimiento
- LICENCIAS DE PATERNIDAD Y ADOPCIÓN: Permiso que tienen los hombres trabajadores para no asistir al desempeño de sus labores por el nacimiento de su hijo o en el caso de la adopción de un infante
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD: Pago adicional que se otorga a los trabajadores de planta, por el tiempo laborado al servicio del patrón
- PRESTACIONES DERIVADAS DE LA RENUNCIA: Facultad del trabajador para dar por terminada voluntariamente la relación de trabajo, por convenir así a sus intereses
- PRESTACIONES QUE SE GENERAN POR DESPIDO INJUSTIFICADO: Terminación unilateral de la relación de trabajo por parte del patrón, sin causa justificada
- PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES: Derecho que tienen los trabajadores a recibir una parte de las ganancias obtenidas por su patrón en el año anterior, por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado
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