Algunos pensionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrán un aumento en 2025, aunque el monto depende de varios factores, los cuales te diremos a continuación.
En caso de que no sepas qué pensionados se verán beneficiados el próximo año gracias a un aumento en su respectiva prestación, te lo contamos.
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¿Qué pensionados tendrán aumento en 2025?
De acuerdo con lo establecido por las autoridades, tanto los derechohabientes que reciben esta prestación por incapacidad permanente, viudez, orfandad, al ser ascendiente de un asegurado, como quienes tienen una Pensión Mínima Garantizada tendrán un incremento según corresponda conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
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¿De cuánto será el aumento en 2025 para pensionados?
Según el Artículo 68 de la Ley del Seguro Social, las pensiones de las personas que reciben la prestación por incapacidad, viudez, orfandad, son ascendientes de un asegurado o reciben la mínima asegurada pueden percibir un incremento en 2025 conforme al INPC, indicador que sirve para medir la inflación.
En función del INPC, se determinará de cuánto será el aumento para los derechohabientes mencionados. En un ejemplo, Expansión señala que “En el caso de que una persona reciba 10 mil pesos mensuales, el aumento sería de 450 pesos en 2025, en caso de que la inflación del año anterior termine en 4.5% anual”.
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¿Qué requisitos se deben cubrir para recibir la Pensión Garantizada?
El IMSS explica que esta pensión es otorgada por el Estado “a las personas que cumplan con el requisito de la edad y en 2024, un mínimo de 825 semanas cotizadas, pero que los recursos no le alcancen para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado”.
La persona interesada en pensionarse por dicha modalidad debe tener 60 o 65 años cumplidos, contar con su expediente de identificación de trabajador actualizado, así como saldo en la Cuenta Afore. Asimismo, es imprescindible contar con estos documentos:
- Identificación oficial
- Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
- Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS