Está por confirmar un aumento en el pago de la Pensión que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social, esto basado en la inflación anual de México, así como la última actualización del índice Nacional de Precios al Consumidor, lo que se traduciría en un incremento de 35%.
Esto se vería reflejado en la mensualidad de febrero de 2025, siendo adicional al aumento que se hará a los pensionados por el régimen de la Ley del Seguro Social (LSS) de 1973, esto por las modalidades de cesantía en edad avanzada, vejez e invalidez.
Asignaciones familiares, un beneficio del IMSS
Quienes cuentan con una Pensión IMSS 2025 pueden recurrir a las ‘asignaciones familiares’, misma que les permite solicitar una subida en el monto que reciben, de hasta 35 por ciento, esto dependiendo de aquellas personas que dependan económicamente de estas, porcentaje que será designado por el Instituto, con base en las asignaciones que sean aprobadas.
“Las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar y se concederán a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada”, indica el portal del IMSS.
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“El pensionado recibirá una ayuda económica denominada asignación familiar, por concepto de carga familiar respecto de los beneficiarios. El porcentaje para un beneficiario puede ser menor al indicado anteriormente, debido a la aplicación de un ajuste si se presenta alguna condición descrita en el artículo 169 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997″. añade la dependencia.
¿A qué pensionados les darán un aumento de 35% en su Pensión IMSS?
Debes verificar que calificas para solicitar las asignaciones familiares, cumpliendo con los requisitos que te impongan, cuando se haga entonces podrás presentarte a las ventanillas de las oficinas del Seguro Social con identificación oficial vigente, acta de nacimiento y constancia del vínculo.
- 15% por esposa o concubina.
- 10% de aumento en el segundo pago de la Pensión IMSS por cada hijo menor de 16 años; o hasta 25% si estudian en planteles del Sistema Educativo Nacional.
- 10% adicional para los pensionados, por cada uno de los hijos que no puedan mantenerse por sí mismos, ya sea por enfermedad crónica, física o psíquica.
- 10% extra en el monto del segundo pago de la pensión por cada uno de los padres, para los pensionados que cuentan con alguno de los familiares antes mencionados.