Pensión IMSS e ISSSTE: SAT avisa por TRÁMITE OBLIGATORIO para evitar multa de MILES DE PESOS; ¿cuál es?

Adultos mayores que están pensionados o jubilados, atentos, pues este 2025 tienen que cumplir con un trámite obligatorio para no recibir multa del SAT

Adultos mayores podrían creer que, por estar jubilados y ya no trabajar, no tienen que cumplir más con sus obligaciones fiscales, pero el SAT lanza un atento aviso, sobre todo a beneficiarios de la Pensión IMSS o ISSSTE, pues podrían multarlos.

Existen trámites obligatorios que hay que realizar pese a tener la Pensión IMSS e ISSSTE, hecho que no aplica con todos, pues se basa en realizar su declaración anual de impuestos ante el SAT, pero sólo en estos casos.

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¿A qué jubilados de la Pensión IMSS o ISSSTE podrían multar el SAT?

De acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), una de las obligaciones más importantes de los adultos mayores, que reciben uno de los apoyos antes mencionados, es realizar su declaración anual de impuestos.

Si los beneficiarios de la Pensión IMSS o ISSSTE superan los 43 mil 299 pesos en su pago mensual, son considerados ‘trabajadores activos’ y por ello deben realizar su declaración anual.

SAT - Pensión IMSS e ISSSTE (Especial)

Otros casos de pensionados que sí deben presentar su declaración ante el SAT, es si superan los 400 mil pesos de ingresos al año, tienen 2 o más ingresos por pensión (aunque no superen los 400 mil pesos) o si tienen ingresos por arrendamiento o actividad empresarial.

La multa que podría imponer el SAT por no presentar la declaración anual puede ser desde los mil 810 hasta 36 mil 740 pesos, según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

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Se insiste en que, si eres beneficiario de la Pensión IMSS o ISSSTE, pero no superas los 400 mil pesos en ingresos al año, los 43 mil 299 pesos mensuales en tu pago, o reciben ingresos adicionales antes mencionados, NO debes presentar tu declaración ante el SAT.