La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla días de descanso obligatorio durante el 2025, de acuerdo al artículo 74, donde la norma también establece casos en los que los obreros pueden prestar sus servicios en la fecha feriada, siempre y cuando sean remunerados conforme al artículo 75.
¿CUÁNTOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO A TRABAJADORES HAY EN MARZO?
El 17 de marzo es descanso oficial por el aniversario del Natalicio de Benito Juárez; aunque este evento histórico se conmemora el 21 del mes, el festejo se recorrió para gozar de un puente o fin de semana largo; es decir, se contempló como una fecha de descanso obligatorio adicional.
DESCANSOS OBLIGATORIOS 2025 - LFT
- ̶M̶i̶é̶r̶c̶o̶l̶e̶s̶ ̶1̶ ̶d̶e̶ ̶e̶n̶e̶r̶o̶:̶ ̶A̶ñ̶o̶ ̶N̶u̶e̶v̶o̶
- ̶L̶u̶n̶e̶s̶ ̶3̶ ̶d̶e̶ ̶f̶e̶b̶r̶e̶r̶o̶:̶ ̶D̶í̶a̶ ̶d̶e̶ ̶l̶a̶ ̶C̶o̶n̶s̶t̶i̶t̶u̶c̶i̶ó̶n̶ ̶M̶e̶x̶i̶c̶a̶n̶a̶
- Lunes 17 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
- Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
- Domingo 1 de junio: Elección de jueces y magistrados
- Martes 16 de septiembre: Día de la Independencia
- Lunes 17 de noviembre: Revolución Mexicana
- Jueves 25 de diciembre: Navidad
ATENCIÓN: Si un día de descanso obligatorio cae en domingo, el patrón deberá cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical, señalada en el artículo 71 de la LFT (equivalente al 25% del salario ordinario percibido por el día).

¿CUÁNTOS DÍAS DE VACACIONES OFICIALES TENGO EN 2025?
Ley Federal del Trabajo vigente estableció que, a partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio, quedando el progreso de descanso de la siguiente forma:
- Año 1: 12 días
- Año 2: 14 días
- Año 3: 16 días
- Año 4: 18 días
- Año 5: 20 días
- De 6 a 10 años: 22 días
- De 11 a 15 años: 24 días
- De 16 a 20 años: 26 días
- De 21 a 25 años: 28 días
- De 26 a 30 años: 30 días
IMPORTANTE: Las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses posteriores al aniversario laboral, de acuerdo al artículo 81 de la LFT; además, conforme al artículo 78, los trabajadores pueden determinar cómo repartir su tiempo libre, adaptándolo a sus necesidades.
Si tienes dudas o quejas podrás acudir a los canales oficiales de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
- Teléfonos: 800 911 7877 y 800 717 2942
- Correo Electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Página de Internet: www.gob.mx/profedet
