Pensión IMSS avisa por AUMENTO del 15% a jubilados a partir de ABRIL; realiza este TRÁMITE NECESARIO

Aumento Pensión IMSS (Especial)

Gran noticia para adultos mayores que se encuentran jubilados bajo la Ley del 73, ya que pueden tener este aumento y NO son Asignaciones Familiares

De cara al nuevo mes que está por comenzar, llega una gran noticia para adultos mayores que son beneficiarios de la Pensión IMSS, ya que pueden solicitar un aumento del 15% del pago mensual que ya reciben, mismo que podría aplicar ya desde abril.

Dentro del instituto los adultos mayores tienen múltiples beneficios, dentro de los que está atención médica, descuentos en algunos establecimientos, pago mensual, y también opciones para elevar el dinero que reciben.

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Pensión IMSS avisa por forma de aumentar 15% tu pago

De acuerdo con información oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), todos los beneficiarios que estén bajo la Ley del Seguro Social del 73 (LSS), pueden acceder a este bono que se llama Ayuda Asistencial.

Los requisitos para obtenerlos son simples, ya que estando en la LSS del 73 de la Pensión IMSS, no debes tener ningún familiar dependiente de ti, o sea, no esposa o concubina, hijos o padres que reciban tu apoyo de forma económica.

Si recibes 10 mil pesos al mes, con esta Ayuda Asistencial se te dará un bono de $1500 pesos, mismo que te ayudará con los gastos que tengas y así tener una mejor estabilidad económica.

Si te interesa acceder al apoyo de la Pensión IMSS, debes acudir a la Subdelegación que te corresponde, presentar tu identificación oficial además de documentos que acrediten que no tienes dependientes económicos. Solicita tu inclusión, y después del proceso, habrá un ajuste con dicho 15%.

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Con un caso contrario, donde sí tengas esposa o hijos que dependan de ti, también puedes acceder a un aumento de tu Pensión IMSS, pero este se llama Asignaciones familiares; da 15% por tu pareja o concubina, 10% por cada hijo menor de 16 y hasta 25 años que estudie y no trabaje, 10% por hijo con discapacidad permanente o 10% por padre o madre.