¿Estás próximo a contraer matrimonio y quieres conocer si tu pareja ya llevó a cabo el proceso ante el Registro Civil? En Ciudad de México existe la búsqueda de antecedentes registrales del estado civil de las personas.
¿QUÉ NECESITO PARA CONOCER EL ESTADO CIVIL DE UNA PERSONA?
Esta búsqueda se podrá realizar en el Registro Civil de Ciudad de México, datos que se otorgarán al solicitante.
Los requisitos para conocer los detalles son los siguientes:
- 1. Nombres de los padres del mismo o fecha en la que se dio el acto registrado
- 2. Nombre del titular o titulares del acta a buscar
- 3. En caso de homónimias, se requieren los nombres de los padres del mismo o fecha en la que se dio el registro
Requisitos para hacerlo en línea:
- Contar con una cuenta de Llave CDMX (PARA MÁS INFOMACIÓN, CLIC EN EL ENLACE)
Este trámite se podrá realizar en línea y de forma presencial en la capital del país; recuerda que cada entidad federativa cuenta con sus requerimientos y deberá ser consultada en lo particular.
EN LÍNEA
- Ingresa al siguiente enlace (CLIC AQUÍ)
- Da clic en iniciar e ingresa con tu cuenta llave, en caso de no contar con ella podrás crear una
- Selecciona Búsqueda de antecedentes registrales
- Indica que antecedente registral quieres obtener
- Captura los datos solicitados y verifica que estos coincidan con los encontrados
- Da clic en obtener datos y realiza tu pago en línea o descarga tu línea de captura
- Una vez realizado el pago descarga tu documento de consulta de datos registrales
PRESENCIAL
- Preséntate a la Ventanilla de alguno de los Juzgados del Registro Civil o en Oficinas Centrales de Registro Civil, y solicitar la búsqueda
- Efectuar el pago correspondiente
- Se realiza la búsqueda en sistema y/o en Archivo Histórico, otorga los datos solicitados
¿CUÁNTO CUESTA BUSCAR EL ESTADO CIVIL DE UNA PERSONA (CDMX)?
De acuerdo a la página oficial de la Ciudad de México, la búsqueda de datos registrales de actas del estado civil, independientemente del resultado, tiene un costo de 94 pesos, monto que se podrá pagar en bancos y oficinas tributarias capitalinas, acciones fundamentadas en el Código Fiscal de la Ciudad de México. Artículo 216, fracción VII.