Con la expansión del home office en México, muchas personas enfrentan una duda común: ¿estoy obligado a responder mensajes en grupos de WhatsApp del trabajo a cualquier hora?
Según la Ley Federal del Trabajo (LFT) 2025, la respuesta es clara: no estás obligado a contestar fuera de tu jornada laboral, gracias al reconocimiento del derecho a la desconexión digital.
Desde las reformas impulsadas en los últimos años, y reforzadas en la LFT 2025, el trabajo remoto está regulado para garantizar que no haya abuso por parte de empleadores. Esto incluye respetar los horarios laborales establecidos en el contrato; incluso, si se trabaja desde casa.
La legislación mexicana establece que las personas trabajadoras no deben ser molestadas fuera de su jornada, salvo en casos excepcionales y justificados.
¿Qué dice la LFT 2025 sobre el derecho a la desconexión digital?
La LFT 2025 incluye el derecho a la desconexión digital para quienes realizan trabajo remoto. Esto significa que, fuera del horario pactado, ningún empleado está obligado a responder llamadas, correos electrónicos o mensajes de WhatsApp relacionados con sus funciones laborales.
Es decir, la Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce este derecho en el artículo 330-E, fracción VI, donde puntualiza que patrones deben respetar la desconexión de las personas al término de su jornada laboral; es decir, no existe obligación legal de responder mensajes fuera del horario pactado.
Esta medida busca proteger la salud mental, el descanso y la vida personal de los trabajadores, evitando que el uso de herramientas digitales extienda la jornada de forma no remunerada.
¿Hay excepciones en las que sí debes responder?
Sí, existen casos excepcionales. Si tu contrato o puesto requiere disponibilidad fuera del horario normal —como en cargos directivos, de emergencia o atención 24/7— y está estipulado legalmente, podrías estar obligado a responder.
Sin embargo, esta condición debe estar claramente establecida por escrito y no puede ser una imposición informal por parte de jefes o supervisores.
En este tenor, el artículo 330-A establece las bases del teletrabajo, que es una forma de relación subordinada en la que se utiliza tecnología para desempeñar actividades fuera del establecimiento laboral, con actividades específicas para su realización:
- El teletrabajo debe representar más del 40 % del tiempo laboral
- No se considera teletrabajo si es esporádico u ocasional
- Se deben establecer mecanismos de contacto, pero respetando la jornada
¿Qué hacer si te presionan para contestar todo el tiempo?
Si trabajas en home office y tus superiores te exigen responder mensajes fuera del horario laboral, puedes recurrir a instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
También es recomendable revisar tu contrato y los lineamientos internos de la empresa, ya que muchas organizaciones están actualizando sus políticas para cumplir con la LFT 2025.
La Profedet ofrece asesoría gratuita al 800 717 2942 en caso de dudas sobre los derechos laborales.
